2.2 Centros de Vida Independiente en Costa Rica

Introducción

Los Centros de Vida Independiente (CVI) son un modelo innovador en la promoción de la autonomía de las personas con discapacidad. Autogestionados por ellas mismas, no solo fortalecen su liderazgo y empoderamiento, sino que también garantizan que sus demandas sean atendidas con pleno respeto a su autonomía.

La vida independiente es un derecho fundamental que busca dotar a las personas con discapacidad de herramientas para fortalecer su autonomía y garantizar su participación plena en la sociedad.

Los CVI son espacios inclusivos que acogen a personas con diversos tipos de discapacidad. Ofrecen servicios clave como asistencia personal, programas de vida independiente y apoyo entre pares. Estos servicios no solo son esenciales para la vida diaria, sino que también responden a la Observación General N.º 7 del Comité de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que destaca la importancia de la participación de las personas con discapacidad en la implementación y seguimiento de la Convención, a través de organizaciones que las representan.

En este sentido, los CVI funcionan como espacios de apoyo donde se fomenta el desarrollo de habilidades y capacidades, promoviendo una participación activa e igualitaria en la sociedad.

Después de la primera ola del impacto de la llegada de la filosofía de vida independiente a América Latina, en los primeros años de este siglo hubo un periodo de calma. En 2006, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CRPD, por sus siglas en inglés), marcando el inicio de una nueva era bajo su marco normativo.

En este contexto, la Agencia de Cooperación Internacional de Japón (JICA) inició en 2007 un proyecto en colaboración con el Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial *(CNREE), titulado "Fortalecimiento del sistema integral de rehabilitación con participación de la comunidad de la Región Brunca, con enfoque de la seguridad humana" (Proyecto Kaloie). Aunque el proyecto se basaba en el modelo médico de la discapacidad, fue necesario un cambio de orientación hacia el modelo social durante su ejecución.

A partir de los resultados más destacados del Proyecto Kaloie, JICA implementó en 2012 un nuevo programa, el Proyecto Morpho, con el objetivo de crear un Centro de Vida Independiente y establecer un sistema de asistentes personales. En 2016, se ha aprobado la Ley de Promoción de la Autonomía de las Personas con Discapacidad, y en 2019, las personas con discapacidad en Costa Rica comenzaron a acceder a asistentes personales bajo el sistema establecido por esta ley.

Estos proyectos de JICA facilitaron significativamente el cumplimiento de la CRPD por parte de Costa Rica. A diferencia de los otros ocho tratados internacionales de derechos humanos, la CRPD incluye un artículo específico sobre cooperación internacional. En este sentido, la cooperación de JICA ha sido destacada en el "Informe anual del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos e informes de la Oficina del Alto Comisionado y del Secretario General" de 2024 como una de las buenas prácticas (A/HRC/55/34).

Tras la implementación del sistema de asistentes personales, el Centro de Vida Independiente Morpho se convirtió en un modelo a seguir para otros exbecarios de JICA en el continente.

*Se cambió al Consejo Nacional de Discapacidad en el 2015

2.2.1 Centros de vida independiente e Incidencia política, ¿cómo y qué se lograron?

La Ley para la Promoción de la Autonomía Personal de las Personas con Discapacidad (N° 9379) fue aprobada en junio de 2016 tras diversas acciones de incidencia del CVI Morpho. Destacó **el TRY,** un recorrido de más de 283 kilómetros en silla de ruedas manual hasta la Asamblea Legislativa, realizado por personas con discapacidad funcionarias del CVI, con apoyo de otras organizaciones. Sin el aporte clave de los CVI, esta legislación no existiría. La ley armoniza los artículos 12 y 19 de la CDPD, promoviendo y asegurando el derecho a la autonomía personal.

Para lograrlo, establece dos figuras. La primera es la salvaguardia llamada persona Garante, quien asegura la igualdad jurídica de personas con discapacidad intelectual, mental y psicosocial. Puede ser una persona mayor de 18 años o una persona jurídica en caso de institucionalización.

La segunda es el servicio de asistencia personal humana, definido como una persona mayor de 18 años capacitada para brindar apoyo en actividades de la vida diaria a cambio de una remuneración.

2.2.2 Modelo de Centros de Vida Independiente en Costa Rica